lunes, 21 de diciembre de 2009

PUNTO DE VENTA

EL PUNTO DE VENTA



La Automatización de los supermercados se debe en parte al desarrollo de los sistemas de Punto de Venta.

Anteriormente se contaba con una maquina registradora que marcaba lo que pasaba por la caja sin llevar ningún control de los precios o de las existencias o de los productos que se volvían obsoletos en los anaqueles.

El dueño del negocio necesitaba estar revisando constantemente el nivel de las existencias y determinaba bajo su criterio las mercancías que debería de solicitar a los proveedores. El llevar un sistema automatizado solo lo podían financiar empresas grandes que tenían en sus instalaciones equipos de cómputo costosos.


Con el advenimiento de los equipos de cómputo personales, la historia cambio. El precio de las computadoras personales ha bajado tanto que es posible incluirlas en mini supermercados, restaurantes, librerías, boutiques y hasta pequeños estanquillos.

Con ello se inicia el concepto de Punto de Venta en donde se pueden tener todas las funciones de un negocio grande en una computadora personal.
La segunda tecnología importante fue el desarrollo del sistema de Código de Barras. Este sistema permite tener cuatro beneficios básicos que lo hacen único y que perdurará por muchos años.
La captura de información es muy rápida
La capacitación del personal es muy fácil, -- apunta y dispara.
Los errores cometidos son muy bajos.
Y principalmente su costo es casi nulo ya que casi toda la mercancía está etiquetada de fábrica (principalmente para supermercados).


Equipo de Punto de Venta (Hardware)
El equipo necesario para armar un sistema de punto de venta es el siguiente:
Terminal de Punto de Venta (Computadora).
Monitor de Touch Screen / Monitor convencional.
Lector de Código de Barras (Láser o CCD o Omnidireccional)
Impresora de ticket (Según SUNAT solo admite: Matricial)
Gaveta de dinero.
Visor de Datos
Báscula electrónica (Complemento).


Fuente: Post Import
Si desea más información haga click aqui

miércoles, 25 de noviembre de 2009

¿EN QUÉ CASOS SE EMITEN LOS TICKETS?

Hay mucha inquietud por parte de los microempresarios, respecto al uso de los tickets en su negocio. Al respecto la SUNAT nos da la siguiente información a las preguntas previas:

¿En qué casos se emiten los Tickets?

¿Permiten ejercer derecho al crédito fiscal, o sustentar gasto o costo para efecto tributario o crédito deducible?

¿Se exige requisitos para las máquinas registradoras que expidan los Tickets?

¿Se puede emitir Tickets a través de sistemas informáticos?

Comencemos:

¿En qué casos se emiten los Tickets?
En operaciones con consumidores finales.
En operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado.
Sólo pueden ser emitidos en moneda nacional.

¿Permiten ejercer derecho al crédito fiscal, o sustentar gasto o costo para efecto tributario o crédito deducible?
Sólo sí el Ticket tiene impresos:
Los siguientes datos del emisor: número de RUC, apellidos y nombres, o denominación o razón social, dirección del establecimiento en el cual se emite el ticket. Adicionalmente los contribuyentes que generen rentas de tercera categoría deberán consignar su nombre comercial, si lo tuvieran;
La numeración correlativa y autogenerada por la máquina registradora, que deberá constar de por lo menos cuatro dígitos, pudiendo omitirse la impresión de los ceros (00) a la izquierda, debiendo emplearse hasta el último número que permita la máquina antes de retornar a cero (0).
Número de serie de fabricación de la máquina registradora.
Bien vendido, cedido en uso, servicio prestado, y/o código que lo identifique.
Importe de la venta, de la cesión en uso o del servicio prestado.
Fecha y hora de emisión.
Además de ello:
El Ticket debe contener discriminado el monto del impuesto.
Tenga en cuenta que el original, la copia y la cinta testigo deben contener el número de RUC del adquiriente o usuario y la descripción del bien vendido, cedido en uso o del servicio prestado.
En el original y la copia debe constar por lo menos los apellidos y nombres o razón social del adquirente o usuario, de manera no necesariamente impresa por la máquina registradora. El original y la copia deben ser identificables como tales

¿Se exige requisitos para las máquinas registradoras que expidan los Tickets?
Sí, las máquinas registradoras deben ser de "programa cerrado"; es decir, aquel que no permita modificaciones o alteraciones de los programas de fábrica, tales como modificación de datos en la fecha y hora de la emisión, número de maquina registradora, número correlativo autogenerado, número correlativo de totales Z (total ventas del día) y gran total (total de ventas desde que se inició el uso de la máquina registradora).
Las máquinas registradoras deben registrar en la cinta testigo la información relativa a todas las operaciones realizadas. .
La cinta testigo no deberá ser detenida por ningún medio y/o concepto durante el funcionamiento de la máquina registradora; caso contrario los Tickets no son considerados como comprobantes de pago.

¿Se puede emitir Tickets a través de sistemas informáticos?
Sí. Previamente, el emisor debe haber presentado el Formulario Nº 845.
Una vez presentado este formulario, la autorización para emitir Tickets a través de sistemas informáticos surtirá efecto hasta el 30 de junio de 2010.
Para mayor información ingrese aquí.
Modelo de Ticket